AVISO QUE COMUNICA SOLICITUD DE LICENCIA A VECINOS COLINDANTES Y DEMÁS TERCEROS INDETERMINADOS05615-1-25-0303OF- 310
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- 20 nov
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EL CURADOR URBANO PRIMERO DE RIONEGRO, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial por lo dispuesto en el decreto 1077 de 2015 y demás normas concordantes, hace saber que según radicado 05615-1-25-0303 del 12 de septiembre de 2025, MARIA ALICIA ARISTIZABAL identificada con cédula de ciudadanía No. 21.960.219, BLANCA OFELIA ARISTIZABAL identificada con cédula de ciudadanía No. 39.432.386, LUIS ANTONIO ARISTIZABAL AGUDELO identificado con cédula de ciudadanía No. 35.620.088, LIBIA DE JESÚS ARISTIZABAL identificada con cédula de ciudadanía No. 39.433.582, MARIA MARGARITA ARISTIZABAL identificada con cédula de ciudadanía No. 39.435.855, y JESUS ALFONSO ARISTIZABAL AGUDELO identificado con cédula de ciudadanía 3.561.017, solicitaron LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN EN LA MODALIDAD DE OBRA NUEVA para el predio ubicado en la DG 56 NRO 38C -118 Sector la Playa de esta ciudad, identificado con matrícula inmobiliaria No. 020-2181, uso Comercial.
Quien lo considere pertinente, puede constituirse en parte, por escrito, bien sea de manera presencial o a través de la dirección de correo electrónico info@curaduria1rionegro.com, que deberá contener las objeciones y observaciones sobre la expedición de la licencia, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud, tal como se dispone en el artículo 2.2.6.1.2.2.2 del decreto 1077 de 2015.
En constancia se fija, el día 20 de noviembre de 2025.
JOHAN TAMAYO ARANGO
Curador Urbano Primero de Rionegro (P)
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